Tras meses de discusión para continuar con el proceso constituyente, los distintos partidos y movimientos políticos involucrados llegaron a consenso y anunciaron el “Acuerdo por Chile”.
En él, se establecieron bases constitucionales y los mecanismos para escoger un consejo constitucional, un comité de expertos y expertas y un comité técnico de admisibilidad.
¿En qué consiste? Según el director de Administración Pública de la UTEM y experto en análisis político, Rafael Pizarro, hay distintos mecanismos en el acuerdo.
“Este acuerdo establece ciertas bases constitucionales o elementos orientadores en lo que va a hacer esta discusión. Uno podría realizar diferentes lecturas, la primera de ellas es que hay ciertas reglas que están definidas previo al proceso”, señala.
Una segunda es desde la perspectiva del proceso mismo, como las etapas de este, los órganos que lo constituyen, entre otros.
“Y tercero, en una lógica más política de lo que significa, de los escenarios que se abren y de aquellos que se están definiendo”, complementó.
De las 3 instancias, el Consejo Constitucional es el único que será escogido por votación popular en una elección obligatoria, donde se tendrá que escoger a 50 personas.
Estos serán escogidos “en una lista abierta, donde uno vota por el candidato que ofrece el partido y, por lo tanto, uno podría votar por cualquiera de ellos”.
“Se restringe la participación de los independientes, como la lista del pueblo, independientes no neutrales y otros. La única posibilidad que tienen de participar es a través de la lista de los partidos”, indicó. Pizarro.
Revisa toda la conversación con el director de administración pública de la UTEM y experto en análisis político, Rafael Pizarro: